En los sistemas públicos de servicios sociales españoles, en términos generales, se ha seguido la técnica de los sanitarios de elaborar catálogos (y carteras) para una presentación ordenada de su oferta a la ciudadanía. A continuación, una propuesta, basada en la consideración de la interacción (autonomía funcional e integración relacional) como objeto de los servicios sociales:
- Servicios de dinamización comunitaria e intervención en medio abierto (también en equipamientos comunitarios). Incluyendo:
- Servicios de animación en el tiempo libre.
- Servicios de promoción de la integración familiar y comunitaria y de la convivencia en los vecindarios y el espacio público (y prevención de la soledad no deseada y otras afectaciones en la interacción).
- Centros (ambulatorios y de atención telemática) de valoración diagnóstica de la interacción, orientación, acompañamiento y seguimiento (primarios o generales) para personas y familias.
- Centros (ambulatorios y de atención telemática) de valoración diagnóstica, orientación, acompañamiento y seguimiento (secundarios o especializados). Incluyendo:
- Servicios de atención temprana del riesgo para el desarrollo.
- Servicios de apoyo a la parentalidad, el acogimiento, la adopción y la tutela.
- Servicios de promoción de la autonomía y apoyo a cuidadoras y cuidadores primarios de personas con limitaciones funcionales.
- Servicios de apoyo a la planificación y a las transiciones del ciclo vital.
- Servicios de atención a personas en riesgo o situación de discriminación, maltrato o violencia en función de la diversidad (sexual, generacional, funcional o cultural).
- Productos (incluye aplicaciones digitales) de apoyo para la interacción.
- Servicios de atención telemática o presencial (con amplia diversidad de cuidados y apoyos para la facilitación, complementación, desarrollo y promoción de la interacción de las personas en sus entornos domiciliarios y comunitarios).
- Centros de atención (a los que las personas acuden cotidianamente, en diferentes horarios, o, eventualmente, en los que viven).
- Prestaciones económicas para incentivar la interacción (por ejemplo, de cuidados de familiares en situación de dependencia o de acogimiento familiar o presupuestos personales).
- Servicios de urgencia social (Entendida como situación de afectación súbita de la interacción de la persona. No procede si la afectación es principalmente a su situación económica, de salud, de seguridad o habitacional).
(A partir de trabajos recientes en Castilla y León, Navarra, Asturias, Comunidad Valenciana y Murcia.)